Es un mecanismo de financiamiento para la adquisición
de viviendas, mediante el cual Ud. suscribe un contrato
de arrendamiento con promesa de compraventa con
Bandesarrollo Leasing Habitacional. Durante el plazo
de dicho contrato (8, 12, 15 ó 20 años,
a su elección) se paga un arriendo mensual
y se realiza un ahorro programado, de tal forma
que, al final del plazo acordado, se habrá
reunido el equivalente al precio convenido por la
vivienda.
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Las operaciones de Bandesarrollo Leasing Habitacional
tienen cuatro diferencias principales con un arriendo
común, que hacen que Ud. realmente esté
comprando su vivienda:
La
operación incluye una promesa de compraventa
que la ley obliga a respetar, manteniendo el precio
pactado.
Este no puede ser modificado, independientemente
del valor que tenga la vivienda al fin del contrato,
el que puede haber variado por simple plusvalía
o por la introducción de ampliaciones u
otras mejoras.
La
ley impide que se modifique el contrato de arriendo
durante su vigencia. Vale decir, el pago mensual
que se pacte se mantendrá durante todos
los años que tenga la operación.
Las
razones por las que se puede pedir término
anticipado del contrato son sólo las contempladas
en la Ley y que dicen relación con incumplimientos
del arrendatario promitente comprador. Es decir,
si no existen estos incumplimientos, el contrato
permanecerá vigente hasta que se realice
la compraventa definitiva.
Las operaciones se realizan con seguros a favor
del arrendatario-comprador. Por ejemplo, si debe
operar el seguro de desgrávamen, la vivienda
quedará a nombre de los herederos en forma
definitiva y sin deudas de ningún tipo.
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